jueves, 10 de octubre de 2013

CARGO DE TRABAJO

Cargos u ocupaciones y puesto de trabajo 

A veces, en intervenciones, clases, defensas de trabajos científicos e incluso en documentos oficiales  encontramos el uso de una determinada terminología a nuestro juicio incorrecta ,que lejos de ayudar trae una amplia confusión, se que sobre esta temática de los conceptos y las definiciones hay muchas opiniones y desde luego cada uno de nosotros tiene derecho a pronunciarse en tal sentido.

Uno de los términos que más confusión causa y a mi juicio debemos ayudar a corregir es referente al puesto de trabajo usado como sinónimo de cargo u ocupación otras veces complementado o combinado con diferentes adjetivos “puestos de trabajo normables” e incluso “salario del puesto de trabajo”.  En el presente trabajo se expresan las definiciones y consideraciones acerca de las ocupaciones y cargos y los puestos de trabajo poniéndose de manifiesto que no deben ser usados como sinónimos ya que conceptualmente es erróneo y causa no pocas confusiones.

Resulta evidente que no podemos confundir la ocupación o cargo como unidad de organización que conlleva un grupo de deberes y responsabilidades que se constituyen en una designación de trabajo con el puesto de trabajo que es una zona de actividad laboral. Pueden haber términos sinónimos, referentes a un mismo elemento del proceso de trabajo, lo que es imposible cuando se refieren a distintos elementos del mismo, que tienen distintas cualidades y cumplen distintas funciones. Es evidente que la función de ocupación, implícita al ser humano no se puede identificar con la función de los medios de trabajo productos terminados de procesos de trabajo anteriores, que no tienen ni pueden tener facultades humanas. 

A veces, en intervenciones de compañeros y en  documentos oficiales encontramos el uso de una determinada terminología a nuestro juicio incorrecta, que lejos de ayudar trae una amplia confusión, se que sobre esta temática de los conceptos y las definiciones hay muchas opiniones y desde luego cada uno de nosotros tiene derecho a pronunciarse en tal sentido. Se que las definiciones son muy controvertidas y científicamente inexactas ya que acotan el desarrollo de su esencia misma como nos enseña Engels pero concordamos con él que “no es fácil prescindir de ellas” (Engels ;1975).

Uno de los términos que más confusión causa y a mi juicio debemos ayudar a corregir es  referente al puesto de trabajo usado como sinónimo de cargo u ocupación otras veces complementado o  combinado con diferentes adjetivos  “puestos de trabajo normables” e  incluso “salario del puesto de trabajo”. Para juzgar sobre si es o no correcto utilizar estos términos recordemos lo siguiente: ¿Que es el Cargo u ocupación?;  ¿Qué es el puesto de trabajo ,¿Qué es la norma de trabajo)?  y Qué es el salario?.

NORMA DE TRABAJO

En el anexo de la mencionada resolución Nr 28 del MTSS  se plantea una definición de norma de trabajo que es reconocida generalmente en nuestro país y tiene bastante similitud a lo que internacionalmente se conceptualiza al respecto. La Norma de Trabajo es la expresión de los gastos de trabajo vivo necesarios para la ejecución de una actividad laboral en determinadas condiciones técnico-organizativas, por un trabajador (o grupo de trabajadores) que posee la capacidad requerida y ejecuta su labor con habilidad e intensidad media.Donde hay alguna diferencia es en lo referente a que habilidad e intensidad expresa la norma de referencia , en el caso cubano se utiliza la habilidad e intensidad media en otros caso puede ser la máxima.
Decir norma del puesto de trabajo o puesto de trabajo normable es un error conceptual , lo normable es la actividad del trabajador en las condiciones técnico organizativas que se concretan y /o garantizan en el puesto de trabajo y por tanto ella expresa el gasto de trabajo vivo necesario para ejecutarla.

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